Cobros a empresas públicas y privadas por la Ley 225-20 sobre procesamientos de residuos sólidos aportara dos mil millones de pesos.

Cobros a empresas públicas y privadas por la Ley 225-20 sobre procesamientos de residuos sólidos aportara  dos mil millones de pesos.

Santo Domingo 28 de Julio. Las empresas públicas y privadas comenzaron a pagar el impuesto por la Gestión y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (CRS) y el Estado dominicano espera recaudar entre 1,800 y 2,000 millones de pesos al año por el nuevo tributo que desde este mes cobra la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Luis Valdez Veras, titular de la DGII, explicó que los recursos recaudados por ese concepto a traves Impuestos Internos se destinará a un fideicomiso que será manejado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Valdez Veras detalló que es un nuevo tributo para las empresas por los residuos sólidos que generan, pero indicó que la función de la DGII es solo el procedimiento para recaudarlo.

Recientemente la institución comunicó a los contribuyentes que a partir de julio se iniciaría el pago de la contribución al CRS, establecido en la Ley 225-20 de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos, aprobada en julio del pasado año, la cual que no se había implementado a espera del reglamento.

La legislación establece en su artículo 36 que toda persona jurídica o entidad deberá pagar una contribución especial obligatoria con base en sus ingresos, con el objetivo de crear un fondo para mitigar los efectos negativos de la actual disposición de los residuos y desarrollar un sistema integral de gestión de estos.

Para tales fines, la legislación ordena los montos que se cobrarán y los cuales serán indexados anualmente, conforme el índice de precios al consumidor del Banco Central.

Además, se precisa que la liquidación del impuesto será realizada anualmente por las personas jurídicas de naturaleza privada ante Impuestos Internos, junto con la declaración del ejercicio fiscal anterior.

En el caso de las empresas públicas, la Dirección General de Presupuesto (Digepres) deberá descontar del presupuesto asignado a la institución, el monto corres- pondiente a la contribución y remitirlo dentro de los primeros 30 días de cada año a la Tesorería Nacional, que a su vez deberá transferirlo a la cuenta del fideicomiso.

El fideicomiso también podrá nutrirse de recursos provenientes de aportes de personas físicas y jurídicas, contribuciones, donaciones de organismos nacionales e internacionales, públicos o privados

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El RiachueloRD

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